Transferencia vehícular

NOCIÓN. – La transferencia vehicular es el contrato por el cual propietario de un vehículo, inscrito en Registros Públicos, transfiere su derecho de propiedad a título gratuito u oneroso, (Donación, anticipo de legítima, compraventa, dación en pago, etc.) a favor de una persona natural o jurídica determinada.

REQUISITOS PARA LA TRANSFERENCIA VEHICULAR: 

1.- PRESENTAR COPIA LITERAL, expedido por SUNARP, del vehículo materia de transferencia. Dicho documento se puedo obtener en la notaria (Copia informativa).

2.- PRESENTAR DNI, copias de DNI de transferente y adquirente. Sí el propietario del vehículo, es casado debe intervenir el o la cónyuge; sí el comprador es casado debe indicar nombre completo de él o la cónyuge, ocupación, domicilio y su número de DNI, no siendo indispensable la participación del cónyuge del comprador. (Art. 315 del C.C.).

4.- VIGENCIA DE PODER Y PRECIO, Si el transferente o adquirente es una persona jurídica, deberá presentar vigencia de poder del gerente, expedido por SUNARP, en el que consten las facultades para disponer de bienes muebles de la empresa.  Sí el precio de venta es mayor a 3 UIT, se deberá bancarizar obligatoriamente el precio pagado. (UIT 2020= S/ 4,300.00). 

5.- IMPUESTO VEHICULAR, el recibo de pago del impuesto vehicular cancelado de todo el año por el vendedor. Nota. – Se debe tener en cuenta que, según la ley de tributación municipal, el impuesto vehicular se cancela hasta por el plazo de tres años consecutivos, contados desde el año siguiente a la inscripción del vehículo en SUNARP.  

Base Legal: Art. 30 del D.S. N° 156-2004-EF. TUO de la Ley de Tributación Municipal.

6.- Copia del SOAT (Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito) del vehículo a transferir.

Costo del acta de transferencia: …………. S/

Costo por inscripción en SUNARP: ………S/

Costo Boleta informativa SUNARP ……… S/

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